El TC dicta sentencia sobre la Ley de Amnistía por seis votos a favor de su constitucionalidad frente a cuatro en contra (Juan Carlos Campo se había abstenido y José María Macías fue recusado; dos magistrados que se habían manifestado previamente como contrarios a la amnistía).
Considera el TC (su mayoría progresista) que la ley es constitucional porque el parlamento ante una situación excepcional como el proceso soberanista de Cataluña puede aprobar una medida también excepcional como la amnistía, no prohibida por la Constitución (que no la contempla: ni la permite ni la prohíbe), para ayudar a normalizar la convivencia social e institucional alterada por aquel proceso. El Tribunal también entiende que la amnistía no es contraria a la separación de poderes ya que el legislador deja a los jueces su espacio para aplicar la ley, aunque es obvio que afecta a decisiones judiciales anteriores. En cuanto a si vulnera el principio de igualdad dice que «El carácter razonable de la finalidad de contribuir a la distensión social antes aludida es el que permite justificar ese tratamiento diferenciado, descartándose por ello la vulneración del art. 14 CE».
El TC no entra a valorar la finalidad última de los que aprobaron la ley (conseguir la investidura de Sánchez a cambio de exonerar de sus responsabilidades penales a los líderes independentistas, que pusieron la amnistía como condición para dar su voto), sino solo la finalidad explicitada en la ley de contribuir a la distensión en Cataluña.
Los partidarios de la amnistía valoran que la situación actual de Cataluña es ahora mejor que antes ya que se ha conseguido rebajar la tensión social y política y estamos en un escenario de mayor normalidad institucional y política. Algunos dicen que esto ya se había conseguido con los indultos.
Los contrarios a la amnistía han calificado esta medida como «autoamnistía» (los propios amnistiados condicionaron la elaboración de la ley para que pasara el filtro del Constitucional y así conseguir la impunidad por los delitos cometidos) y como un acto de corrupción moral y política porque persigue satisfacer intereses particulares y no el interés general, algo que consideran contrario al Estado de Derecho.
La amnistía, que Sánchez en su día consideró inconstitucional y luego dijo que había que «hacer de la necesidad virtud», ha dividido a la sociedad española, ha provocado un conflicto institucional entre el gobierno y el Tribunal Supremo (que ha buscado una forma de no aplicarla a la malversación mediante una interpretación ajena a la voluntad del legislador) y no ha contado con un respaldo reforzado del parlamento, que la aprobó con la misma mayoría que apoyó la investidura, sin un consenso más amplio. Según un Sondeo de GESOP, el 62% de los españoles se oponen a la amnistía pese al aval del Tribunal Constitucional.
El texto de la ley de amnistía puede ser considerado constitucional si se aísla (si esto es posible) de las circunstancias políticas (la investidura de Sánchez) que dieron paso a una medida muy polémica y opinable que antes habían considerado inconstitucional algunos de sus firmantes. Una medida que, desde el punto de vista político, según algunos autores, debería haber contado con un mayor respaldo social y político, aunque ciertamente ninguna ley exige una mayoría cualificada para su aprobación. Acatar la sentencia no es incompatible con cuestionar desde el punto de vista moral y político una medida que permite la impunidad de delitos muy graves como fueron los del procés y que el independentismo considera como una victoria frente al Estado. 26-6-2025.
Enlace a la Nota informativa del TC 61/2025, que resume la Sentencia.
Texto de la Sentencia. 26-6-2025.
Voto particular de la magistrada Concepción Espejel.
Voto particular del magistrado Ricardo Enríquez.
Voto particular del magistrado Enrique Arnaldo.
Voto particular del magistrado César Tolosa.
Ver en la prensa un resumen de los argumentos de los cuatro votos particulares.
En la entrada sobre la XVª legislatura nos referimos al proceso de aprobación de la ley de amnistía. Enlace.
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La Sala de Apelaciones del Supremo confirma la inaplicación de la ley de amnistía a Puigdemont por el delito de malversación. Ahora este tiene abierta la vía del Tribunal Constitucional. 9-4-2025. Enlace.
El presidente del TC, Conde-Pumpido, dice que el Tribunal dictará sentencia sobre la amnistía antes del verano. Ha añadido que le preocupan mucho los ataques que reciben y que «se esté cuestionando la legitimidad del tribunal» que, apunta, «está funcionando bien, con 12 magistrados que son espléndidos juristas». Al respecto, ha subrayado que «el propio sistema de nombramiento facilita que todas las corrientes estén representadas en el tribunal». También se ha quejado de las presiones que recibe el TC de «fuerzas o corrientes de opinión muy poderosas, que representan a un poder político, mediático, económico o de otra índole». 7-4-2025. Enlace.