Los dos partidos mayoritarios (PP y PSOE) llegan a un acuerdo, por fin, para renovar de inmediato el CGPJ y, adicionalmente, para cubrir una plaza que estaba vacante en el TC (esta la cubre José María Macías, propuesto por el PP).
El acuerdo incluye los nombres de los 20 nuevos miembros del Consejo, que tendrán que aprobar las Cámaras, la reforma simultánea (en julio) de la Ley Orgánica del Poder Judicial para reforzar la independencia e incompatibilidades de jueces y miembros del Consejo, y el Estatuto del Ministerio Fiscal, además de una fórmula para determinar en el futuro el sistema de elección de sus miembros: el CGPJ hará una propuesta al parlamento en seis meses, después de estudiar los sistemas de elección vigentes en otros países europeos, para la reforma del sistema actual. Enlace al acuerdo de 25-6-2024.
Este acuerdo incluye una PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA DE REFORMA DE LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL Y DE REFORMA DE LA LEY 50/1981, DE 30 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE REGULA EL ESTATUTO ORGÁNICO DEL MINISTERIO FISCAL. 25-6-2024.
El Congreso aprueba la toma en consideración de la proposición de ley orgánica de reforma de la LOPJ y del Estatuto Fiscal, tras el acuerdo alcanzado entre PP y PSOE el 25 de junio para renovar el CGPJ y para reformar el sistema de elección de sus miembros. El pacto ha salido adelante por 258 votos a favor (PP, PSOE y CC), 43 en contra (Vox, Podemos y Junts) y 33 abstenciones (Sumar, PNV y UPN). Bildu, BNG y ERC se han negado a participar en la votación. Ver la sesión del Congreso en vídeo. Enlace a un resumen Ignacio de algunas intervenciones. 4-7-24.
El acuerdo, precedido por la mediación de la Comisión Europea en los últimos meses, un ultimátum del presidente del gobierno al PP para que cesara en su actitud de bloqueo, y un aviso de Europa antes de su próximo Informe sobre el Estado de Derecho en España, pone fin a una anomalía en el funcionamiento de nuestras instituciones que ha supuesto un incumplimiento de la Constitución durante cinco años y medio por parte de quienes más obligados están a dar ejemplo de su cumplimiento (algo que hemos denunciado reiteradamente), además de haber contribuido al deterioro de la Justicia y de su imagen de independencia. Es de esperar que finalmente se acabe con la dinámica de un Consejo (el saliente) que ha estado dividido ideológicamente en muchas de sus decisiones entre progresistas y conservadores y que algunos partidos buscaban controlar. Es necesario reforzar la imagen de independencia de la Justicia y del Fiscal General del Estado, que en estos años se ha menoscabado. Los partidos políticos y los miembros de los órganos constitucionales (Consejo General del Poder Judicial, Fiscal General del Estado, Tribunal Constitucional) deben tener esto como prioridad en todas sus actuaciones. 25-6-2024.
Ignacio Sánchez-Cuenca escribe «Por qué a los partidos les gusta jugar a los cromos en la Justicia«. Después de alegrarse del acuerdo para renovar el CGPJ, cuestiona que se haya hecho con la misma práctica de intercambio de cromos del pasado entre los dos grandes partidos y aboga por crear una cultura en que el criterio prioritario no sea la afinidad al partido sino el mérito y la capacidad para el puesto, así como por dar un mayor protagonismo en la elección al parlamento, algo pendiente en nuestro país. 9-7-24. Enlace.
Manuela Carmena escribe «CGPJ: Así no. ¡Qué ocasión perdida! Dice: «Me alegro del acuerdo, pero así no. Así no se debería haber efectuado la designación de los nuevos vocales. En este momento en que se ponen en cuestión las instituciones mismas y preocupa el desapego a la política, el sistema adoptado, con muchos de los sempiternos vicios, resulta especialmente negativo». «Una vez más, se ha sustraído el obligado debate parlamentario, se ha ninguneado a parlamentarios y candidatos. Su obligado y conveniente protagonismo se ha sustituido por el consabido pacto secreto entre los dos grandes partidos». Carmena explica en el artículo cómo debería haberse procedido: convocando a los candidatos en las Cámaras en sesiones abiertas, valorando sus programas y currículos y llevando a cabo votaciones por descarte, con conversaciones entre los grupos parlamentarios para alcanzar las mayorías requeridas. 10-7-24. Enlace.
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Pronto se cumplirán cinco años y medio sin que se haya hecho efectiva la renovación del Consejo General del Poder Judicial. La mediación del comisario europeo Reynders, propuesta por el PP, tampoco ha servido para desbloquear el asunto. Manuel de la Rocha escribe «El CGPJ y su control por el PP«, artículo en el que explica la evolución legislativa que ha seguido la cuestión desde el inicio de la democracia y las causas de este bloqueo. Atribuye este grave incumplimiento de la Constitución al propósito del PP de asegurarse de manera permanente una mayoría conservadora en el Consejo y, por tanto, en la cúpula del Tribunal Supremo y de otros altos tribunales. Nada que ver con la independencia judicial, viene a decir De la Rocha. Puedes descargar el artículo directamente en el siguiente Enlace:
El sistema actual permite que la composición del Consejo responda a la del parlamento en cada momento, que sea un reflejo de la mayoría parlamentaria existente, pero el reparto por cuotas entre los partidos, que se ha venido practicando, lo ha desprestigiado. El daño institucional que esta situación está provocando es enorme. El presidente del CGPJ ha enviado su propuesta de sistema de renovación al parlamento, con la que busca quitar la competencia de los altos nombramientos al Consejo; con ello los partidos perderían interés en controlarlo. Enlace al artículo en elDiario.es. 27-4-2024.
Ana Carmona escribe sobre los Nombramientos judiciales y el CGPJ que hay que mejorar más aún el sistema de nombramiento de los altos cargos de la Magistratura por parte del Consejo General del Poder Judicial, pues en la actualidad sigue habiendo margen para la discrecionalidad y, por tanto, para la politización, la arbitrariedad o el amiguismo. «En el ejercicio de las facultades de nombramiento, promoción y selección no solo debe actuar (el CGPJ) “con absoluta independencia y total transparencia”, sino también tomando en consideración los méritos de los candidatos evaluados “al margen del amiguismo político o el corporativismo de los jueces”, dice. Y que «debería atribuirse dicha competencia, actualmente en el pleno, a una instancia específica que, actuando en el seno del Consejo, estuviera compuesta por especialistas en la materia» con la finalidad de potenciar la objetividad e imparcialidad en la resolución de los concursos convocados. 3-5-2024. Leer más.
Alcoceba propone cuatro medidas para evitar el lawfare. Enlace. 5-5-24.
Se cumplen 5 años sin renovación del CGPJ, hecho insólito que está ocasionando un deterioro importante de la Justicia. Este reportaje de El País describe la anómala situación actual y cómo el contexto político dificulta un acuerdo PP-PSOE, ya que el primero de estos partidos sigue negándose a la renovación si no se aceptan sus condiciones (modificar el sistema de elección de sus miembros), lo que constituye un claro incumplimiento de su obligación constitucional. Por otro lado, el Consejo actual, de mayoría conservadora, viene adoptando decisiones, como el reciente Informe sobre la proposición de ley de amnistía, anterior a su publicación y no exigido legalmente, que muchos han considerado como una injerencia en el debate político parlamentario. También se han criticado algunos nombramientos de personas políticamente muy próximas (incluidos exministros) que ha hecho el gobierno de Sánchez para puestos como la Fiscalía General del Estado o el Tribunal Constitucional, y que antes también hizo el PP, lo que aumenta la sensación de que los partidos solo buscan controlar la Justicia. El daño al sistema es enorme ya que todas estas actuaciones socavan la imagen de imparcialidad y despolitización que es esencial a la Justicia. 3-12-2023.
El presidente del CGPJ propone en un artículo una alternativa para desbloquear en el futuro la renovación del Consejo, pendiente desde hace 5 años. Dice que ahora habría que «mantener el procedimiento de designación parlamentaria ya iniciado aunque con alguna actualización» de la lista de candidatos, y que en la siguiente renovación, «al igual que ocurre con los jueces decanos, deben ser los jueces quienes directamente, sin mediar la intervención del CGPJ, elijan a sus Presidentes en el ámbito provincial y autonómico, Audiencias y Tribunales Superiores de Justicia. La experiencia me ha mostrado que no resulta por otro lado fácil objetivar el mérito y capacidad con los cuales legitimar una designación conforme a esos principios en materia de cargos gubernativos. Y lo mismo debe hacerse con las presidencias de Sala, que quedarían sustraídas a la aleatoriedad de su designación por el CGPJ».
«En cuanto a la elección de los magistrados del Supremo propone objetivar tal elección con dos vectores. Uno primero articulando el cursus honorum: un escueto pero clarificador diseño de la carrera judicial a efectos de conocer los méritos relevantes para acceder a las Salas del Alto Tribunal. No es difícil hacerlo y acotaría racionalmente el margen de discrecionalidad. En segundo lugar es imprescindible, a mi juicio, tener en cuenta que para decidir ese concurso debe designarse un tribunal, dependiente del CGPJ, uno de cuyos miembros lo presidiría, integrado por personas cualificadas donde se encuadrarían magistrados de la Sala del Tribunal Supremo en liza y, en su caso, catedráticos, abogados del Estado, registradores, notarios y demás alto funcionariado. Tribunal cuyos miembros serían aleatoria o rotativamente designados para evitar cualquier atisbo de contaminación. Ver el artículo «Diluir la tensión«. El PP reitera que no facilitará al Psoe el control de la justicia, debido a sus acuerdos con los independentistas. 2-12-23.
Conde-Pumpido elegido presidente del Tribunal Constitucional por 6 votos frente a 5 de Balaguer. Inmaculada Montalbán será la vicepresidenta. No se ha seguido en esta ocasión la costumbre de elegir al vicepresidente entre los magistrados del sector minoritario. El grupo mayoritario lo justifica porque el otro grupo «ha roto la regla de distribución del poder. No la aceptaron, al pretender fracturar nuestro grupo. Ante ello, hemos optado por aplicar otra regla, la de la paridad, y por eso hemos votado a Montalbán”. También ha pesado la buena sintonía entre presidente y vicepresidenta. Ver aquí el perfil del nuevo presidente. 12-1-2023.
«Demasiados jueces en este tribunal», escribe Soledad Gallego, artículo en el que critica que ocho de los once magistrados del TC sean jueces, cuando históricamente han predominado los catedráticos. La autora distingue la función del Tribunal Constitucional de la del Supremo. «El Tribunal Constitucional nació con voluntad de reflejar una pluralidad amplia, inclusiva, un punto de conexión con la realidad social y política del país. Sus argumentos, como intérprete máximo de la Constitución, tuvieron siempre un lado filosófico, sociológico y moral. Llenar el Tribunal Constitucional de jueces es, en cierta manera, hacerle perder su papel, porque la aplicación de la ley no ha sido nunca su cometido». El Tribunal Constitucional está tomado cada vez más por jueces, ocho de once, y exmiembros del Tribunal Supremo. El Constitucional no es la voz de la ley y seguramente no necesita tantos jueces. La interpretación de la Constitución exige, seguramente, muchos más conocimientos que el entendimiento de las leyes, añade. 15-1-2023.
La autora cita el artículo de Rubio Llorente (9-2-1994), «Supremo no hay más que uno, pero no es el verdadero», en el que R. Llorente defendía la supremacía del Constitucional, porque la Constitución está por encima de las leyes. El artículo 123.1 C.E. dice, efectivamente, que el Tribunal Supremo es superior en todos los órdenes, salvo, y lo que importa naturalmente es la salvedad, lo dispuesto en materia de garantías constitucionales, es decir, en materia de derecho fundamentales. En esto, la última palabra la tiene sólo el Tribunal Constitucional, el único contra cuyas sentencias prohibe la Constitución (artículo 164) admitir recurso alguno. En esta situación no existe, naturalmente, más Tribunal Supremo que aquel que puede resolver los litigios desde la perspectiva de la norma más alta y de forma ya definitiva. 15-1-2023.
Hay que evitar (y es responsabilidad de los partidos) que el TC se convierta en una especie de “tercera Cámara” por la vía, ejecutada en estos últimos tiempos, de recurrir ante este tribunal las principales leyes que ponen en marcha la mayoría parlamentaria o el gobierno, para intentar tumbar lo que no se consigue con los votos en las Cortes Generales. Es una práctica que traslada toda disputa política al TC, lo que desvirtúa el papel de este que solo está para velar por la constitucionalidad de la actuación de los tres poderes del Estado (legislativo, ejecutivo y judicial).
González-Trevijano, presidente saliente del TC, lo ha recordado en su discurso de despedida, y ha pedido que se cubra ya la vacante de Alfredo Montoya. 13-1-2022.
Tras recurrir contra el estado de alarma declarado por la pandemia, hay actualmente una quincena de leyes sobre las que deberá resolver el Constitucional. Por ejemplo, se han impugnado la reforma laboral, la ley Celáa, la ley de la eutanasia y el ingreso mínimo vital, además de las leyes Rhodes y rider, la nueva ley de vivienda de la Generalitat de Cataluña, la ley trans, aprobada por el Parlamento de Canarias, y el escaño en el Congreso de Alberto Rodríguez.
La crisis institucional vivida últimamente ha puesto de manifiesto la necesidad de reconsiderar el sistema de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional y de los miembros del CGPJ, de manera que una actitud obstruccionista de uno de los partidos mayoritarios (en este caso el PP), o de un sector del propio Consejo General (en este caso el conservador), no pueda impedir la renovación de los órganos constitucionales. Al mismo tiempo hay que evitar la imagen de politización y partidismo que han dado, unos y otros, buscando controlar un órgano que solo está sometido a la Constitución como es el TC, con daño al prestigio y la imparcialidad de esta institución, así como las descalificaciones inapropiadas que se han dirigido desde poderes del Estado hacia miembros del Tribunal. La propia dinámica del TC, dividido entre un sector conservador y otro progresista, que actúan en bloque, no favorece la imagen del Tribunal. 28-12-2022.
El TC elige a su presidente o presidenta el 11 de enero. Conde-Pumpido y Balaguer aspiraban al puesto. Segoviano podía decidir cuál de los dos ejercerá la presidencia ya que Balaguer contaba con 5 votos (el suyo y el del llamado sector conservador). 10-1-23. Finalmente Segoviano ha votado con el llamado sector progresista y ha sido elegido Conde-Pumpido con 6 votos, frenta a 5 de Balaguer. 11-1-2023.
Sánchez ha hecho una declaración sobre esta crisis en la que dice que el origen de la misma está en la intención del PP de mantener una mayoría en el TC y en el CGPJ que no se corresponde con la mayoría actual existente en las Cámaras. Y ha añadido que tomará las medidas necesarias para superar el actual bloqueo. 20-12-2022.
A continuación puedes leer el análisis que hacen de la crisis algunos destacados juristas como Tomás de la Quadra, López Garrido, Manuel Aragón, Pérez Royo, etc.
Tomás de la Quadra-Salcedo escribe el artículo «Una decisión insólita», en el que critica la decisión del Tribunal Constitucional porque paraliza el proceso legislativo, porque la eventual lesión del derecho de participación política de los parlamentarios del PP no es irreparable (la ley podría haberse anulado posteriormente) y porque se adopta sin oír a las partes y a las Cámaras. Dice que el TC podría haberse renovado ya con los dos miembros nombrados por el gobierno y se muestra crítico también con la reforma de la sedición y la malversación y con la presentación de las enmiendas de reforma de la ley del TC y del CGPJ por la vía de enmiendas a la proposición de ley de reforma del código penal. 21-12-2022.
Diego López Garrido escribe «Salvar al Constitucional», artículo en el que dice que «para el futuro, (hay) que hacer que los acuerdos de nombramiento de magistrados firmados por las fuerzas parlamentarias abandonen la preocupación por nombrar a personas que sintonicen políticamente y, en vez de ello, tiendan a la objetividad y la solvencia profesional de quienes van a incorporarse en una de las instituciones más relevantes del Estado español, y del conjunto de instituciones de los países miembros de la Unión Europea. Para ello, una reforma de la Ley Orgánica del TC debiera impedir la designación como magistrados o magistradas a quienes hayan ocupado cargos políticos en un período de tiempo anterior determinado.
En última instancia, la utilización partidista del Tribunal Constitucional no favorece a ninguna fuerza política. La decadencia de la autoridad del Tribunal terminaría por degradar la de los dos grandes partidos con experiencia de gobierno y, por tanto, al conjunto del sistema constitucional democrático español».
«Por eso me parece tan inquietante el momento por el que atraviesa el Tribunal. Si se le pierde el respeto político, se perderá el jurídico, con las consecuencias impredecibles que eso originaría. Su capacidad de anular leyes o decisiones no legislativas de las instituciones parlamentarias no debería ser puesta en cuestión. Porque ello arrastraría a la autoridad de la propia Constitución democrática. Por esa razón, es imprescindible restaurar de inmediato el papel central y autónomo que el Tribunal Constitucional tiene atribuido por la propia Constitución». 31-12-2022.
Manuel Aragón, magistrado emérito del TC, escribe el artículo «Ataque frontal al Tribunal Constitucional y al Estado de Derecho», en el que critica las enmiendas que los grupos de Psoe y UP presentaron para modificar la LOTC y la LOPJ. Considera que estas enmiendas vulneran la Constitución y pretenden sustituir el consenso necesario en el CGPJ para la elección de dos magistrados al TC, por un sistema de mayorías que consagra la elección por cuotas (cada partido elige a uno, privando al órgano de decidir colegiadamente y por consenso). Añade que «estas enmiendas, además de ser una especie de ley reaccional ad casum, algo reprochable, lo único que parecen mostrar es la prepotencia de un Gobierno que, saltando por encima de la Constitución (algo que ningún Gobierno anterior ha hecho), está decidido a enviar ya al Constitucional a dos personas de su confianza para obtener el control mayoritario de la institución». «Si en verdad ello fuera así (y hay suficientes indicios que lo avalan), esta maniobra legislativa no vendría más que a confirmar que, para desgracia de los españoles, corren muy malos tiempos para nuestro Estado constitucional y democrático de derecho».
Aragón, sin embargo, no considera un grave incumplimiento de la Constitución el bloqueo de la renovación del CGPJ y del TC, pues se limita a decir que «el retraso …, aunque pudiera ser entendido como una deslealtad constitucional achacable a la parte que origine el retraso, no impide que el Tribunal (Constitucional) pueda seguir actuando regularmente con cuatro magistrados en prórroga de mandato». 15-12-2022.
Con la renovación del TC estas enmiendas, de momento, han quedado aparcadas, aunque sigue sin renovarse el Consejo General del Poder Judicial.
Manuel Aragón defiende la actuación del TC en su artículo «El Tribunal Constitucional ha actuado correctamente», (23-12-2022), en el que dice que «Dada la doctrina rotunda del TC (SSTC 119/2011, 136/2011 y 172/2020) acerca de la inconstitucionalidad -por quebrantar los derechos de participación plena de los parlamentarios en el procedimiento legislativo- de las enmiendas que no guarden conexión alguna con la iniciativa legislativa que se debate en las Cámaras (en este caso, la reforma del Código Penal), y habiéndose presentado un recurso de amparo fundado precisamente en dicha doctrina, el TC no podía, en Derecho, inadmitirlo, máxime cuando este recurso tenía, además y sin duda, una especial relevancia constitucional (de acuerdo con lo previsto en el FJ 2, g, de la STC 155/2009).
La concesión de la medida cautelar de suspensión solicitada era también obligada, dado lo que establece la LOTC en su art. 56.1, pues, si no se suspendiera, el amparo «perdería» «su finalidad». Y la tramitación urgente de la medida cautelar, como así lo pidieron también los recurrentes (alegando lo previsto en el art. 56.6 LOTC), ha sido lo correcto, puesto que en dicho precepto se reconoce que «en supuestos de urgencia excepcional» puede el TC acordar la medida cautelar, «inaudita altera parte», en la propia resolución de admisión del amparo. Ello, por lo demás, es lo que está igualmente previsto para casos similares en la jurisdicción ordinaria».
Puedes acceder mediante este enlace a los argumentos del TC para conceder el amparo a los diputados del PP. Y también puedes acceder al Auto del TC. Dice que las recusaciones fueron selectivas y, por ello, abusivas, ya que se plantearon solo frente a 2 magistrados, cuando los que terminaban su mandato eran 4. Y que nada escapa al control del TC, que tiene competencia para “limitar la capacidad de actuación del legislador”, es decir, del Parlamento, “cuando este exceda de los márgenes constitucionales». 31-12-2022.
En otro artículo titulado «Una crisis constitucional que debe remediarse», urge a renovar el CGPJ por consenso mayoritario en el parlamento (sin cuotas de partidos), y que este designe, una vez renovado, a los dos miembros del TC que le corresponden. Argumenta que el TC debe renovarse por tercios, como establece la Constitución (4 magistrados), es decir, los propuestos por el gobierno y el CGPJ deben tomar posesión simultáneamente (2 + 2). Los designados por el gobierno no pueden tomar posesión sin los designados por el Consejo, como ha pretendido una de las enmiendas suspendidas.
Vidal-Folch escribió en sentido opuesto al de Aragón el artículo «Asedio al Parlamento», en el que sostenía que «No hay … espacio para que el tribunal de garantías paralice previamente la modificación de la ley que precisamente le sustenta. Si acaso, un estrecho resquicio analógico (LOTC, 65.3): los “órganos” constitucionales (no algunos miembros de ellos) podrían “solicitar” su suspensión “invocando perjuicios de imposible o difícil reparación”. En dicho artículo calificaba de «tránsfuga ideológico» a Manuel Aragón, que le ha contestado diciendo que «cuando accedí al Tribunal (Constitucional) dejé claro a quien me propuso que allí, como es obvio, actuaría con absoluta independencia de criterio, de manera que ni entonces ni nunca, aceptaría formar parte de una institución como esa supeditando mi actuación en ella a una determinada ideología. Eso es lo que la Constitución exige a los magistrados constitucionales, y ello es lo que mi conciencia de jurista me impone». 16-12-2022.
El gobierno ha designado para el Constitucional a un exministro y a una directora general, ambos del gobierno socialista. Sin poner en duda su solvencia jurídica, habría sido conveniente designar a personas menos vinculadas al gobierno para dar esa imagen de imparcialidad que preconizamos para el Tribunal Constitucional. Además estos dos nuevos magistrados podrían ser recusados cuando el TC tenga que dictaminar sobre leyes del gobierno al que han pertenecido, lo que podría tener como consecuencia la alteración de la actual mayoría. Téngase en cuenta que PP y Vox han recurrido buena parte de las leyes aprobadas en esta legislatura: eutanasia, reforma educativa, reforma laboral, ley rider, ley del sí es sí, etc.
Cabe temer que siga el deterioro de una institución que es fundamental para la democracia. Así lo apunta el hecho de que el PP haya iniciado una ofensiva contra estos dos nuevos miembros del TC y para evitar que Conde-Pumpido acceda a la presidencia, pero, aunque es la primera vez que un exministro del Gobierno que lo propone llega al Constitucional, el PP también ha designado en el pasado a candidatos muy marcados políticamente, como Andrés Ollero (2011), exdiputado del PP y antiabortista declarado a quien le tocó la ponencia de la ley de plazos del aborto que nunca se llegó a aprobar; o Enrique López, ariete contra el Gobierno cuando fue elegido vocal del CGPJ por el PP, que entró en el Constitucional por el cupo del gobierno de Mariano Rajoy en 2013 y que está en el gobierno de Ayuso como consejero y en la Ejecutiva del PP como responsable de Justicia e Interior. También Enrique Arnaldo, letrado en cortes y jurista de cabecera de FAES, la fundación del PP, recaló en el tribunal en 2021. Hay otros precedentes de exdiputados de partidos que han pasado a formar parte del Tribunal Constitucional y prácticas similares en otros países democráticos.
Cabe recordar también que la renovación del CGPJ se frustró inicialmente (2018) al filtrarse un mensaje de Ignacio Cosidó, entonces portavoz del PP en el Senado, en el que decía que con Manuel Marchena como Presidente del Consejo y gracias a este pacto y al reparto estipulado «controlaremos la Sala Segunda del Supremo desde detrás, además de presidir la 61». Al hacerse público este mensaje, Marchena desistió de ir al Consejo y se frustró su renovación. Después la negociación se ha frustrado varias veces más, por excusas diversas planteadas por el PP. Esta situación está provocando un grave problema en los tribunales al producirse vacantes (72) que no se cubren porque el Consejo no puede hacer nombramientos con el mandato caducado, como consecuencia de una reforma legal hecha por el gobierno. Una reforma que ha tenido que volver a modificar el gobierno para hacer posible el nombramiento de los dos magistrados del TC. 30-12-22.
Si queremos recuperar el prestigio de las instituciones y frenar su deterioro, los partidos mayoritarios deberían preservar la imagen de imparcialidad de los órganos constitucionales, dañada como consecuencia de sus prácticas partidistas.
Nadie se cree a estas alturas sus afirmaciones de que quieren proteger la imparcialidad de los jueces y de las instituciones. Solo buscan instrumentalizarlos en favor de sus intereses. 30-12-2022.
Pérez Royo escribe «Un mal precedente, aunque no hay mal que por bien no venga», en el que critica con dureza la actuación en el TC de los magistrados Pedro González-Trevijano (presidente) y Antonio Narváez, que rechazando su recusación han hecho posible «El asalto a las Cortes Generales en el ejercicio de la potestad legislativa, (que) es algo que no solamente no se ha producido nunca en ninguna democracia parlamentaria, sino que es algo que a nadie se le había pasado por la cabeza que pudiera producirse». «Pero lo más importante es que, aunque sea de esta manera miserable, se ha conseguido desbloquear la renovación del TC, que era la tarea más urgente para la democracia española. Poner fin a la presencia indigna de Pedro González-Trevijano y Antonio Narváez en el TC era una cuestión de pura supervivencia del sistema democrático», dice. Y añade: «Por primera vez en la historia del CGPJ los miembros designados a propuesta del PP han conseguido imponer su veto al candidato propuesto por la minoría progresista y han conseguido que, por “responsabilidad institucional”, hayan sido designados magistrados del TC los dos candidatos propuestos por los miembros conservadores de dicho órgano. Es un muy mal precedente». 28-12-2022.
Cabe añadir que muy grave ha sido también el incumplimiento por parte del CGPJ durante meses de su obligación de designar a los dos magistrados del TC que le corresponden para sustituir a los que habían terminado su mandato, precisamente González-Trevijano y Narváez, además del veto (sin precedentes) que han mantenido hasta el final al candidato del sector progresista (Bandrés). Han puesto como excusa que no encontraban candidatos, para dilatar contra legem la renovación del TC (de la misma forma que el PP estaba bloqueando la renovación del CGPJ), pero en cuanto el gobierno ha puesto en marcha una reforma del sistema de elección de esos dos magistrados, se han apresurado a solicitar reuniones para conseguir la designación de los dos magistrados, antes de que se reformara el sistema, aunque manteniendo en todo momento el veto al candidato progresista buscando que los dos elegidos lo fueran a propuesta del sector conservador. Una maniobra lamentable que revela con crudeza la politización del Consejo. 28-12-22.
Sobre la historia del sistema de elección de los miembros del CGPJ escribe Virgilio Zapatero este artículo en el que dice que «El nuevo modelo (adoptado en 1985) rompió claramente con el corporativismo de quienes pedían un Poder autónomo Judicial, desconectado del principio democrático. Pero su gestión ha sido deficiente porque el proceso de elección del Consejo se ha hecho desde entonces por las cúpulas de los partidos políticos en negociaciones sin luz y taquígrafos, tratando de que el Consejo refleje no el pluralismo real de nuestra sociedad y de la propia carrera judicial, como pedía el Tribunal Constitucional, sino el poder de los partidos; buscando no el mérito y la capacidad de los candidatos sino la adscripción ideológica y política de los mismos». «Cuarenta y dos años más tarde, España sigue sin encontrar un acuerdo de fondo sobre este punto capital». 28-12-22.
El CGPJ ha nombrado el 27 de diciembre por unanimidad a los dos magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponden. Son César Tolosa y María Luisa Segoviano. Puedes ver sus perfiles haciendo clic en este enlace. Con estos nombramientos y los otros dos que había hecho el gobierno, queda renovado el tercio del Tribunal Constitucional (4 magistrados) que estaba pendiente desde junio. Ahora falta la renovación del propio CGPJ, para la que han de ponerse de acuerdo los partidos mayoritarios, y el nombramiento de un magistrado del TC por el Senado para cubrir la baja de Alfredo Montoya.
El CGPJ (su mayoría conservadora) ha actuado con celeridad en estos días para anticiparse a la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que impulsaban los grupos parlamentarios de Psoe y Unidas Podemos (que modificaba el sistema de votación), después de meses retrasando ilegalmente el nombramiento de los dos magistrados del TC que le corresponde nombrar porque no estaban de acuerdo con el nombramiento de José Manuel Bandrés (el candidato preferido por el gobierno), al parecer por su perfil catalanista y por su proximidad al gobierno (el objetivo último era obstaculizar la llegada de Conde-Pumpido a la presidencia del TC).
La unanimidad se ha logrado al renunciar, de manera sorpresiva, el llamado sector progresista a la candidatura de Bandrés y aceptar la de Segoviano, una candidata propuesta ahora por el sector conservador, pero que iba en la lista inicial de los candidatos de los progresistas. La jugada ha sorprendido al otro sector, que pensaba que el sector progresista insistiría en la candidatura de Bandrés. 27-12-2022.
Sobre estas dilaciones en los nombramientos de magistrados del TC y en la renovación del CGPJ, ADD emitió un Comunicado el 22-12-2022 denunciando el deterioro institucional que producen estos incumplimientos de la Constitución y las leyes.
Así cuenta El País esta buena noticia. Enlace.
Martín Pallín critica en su artículo «Los jueces, la ley y la Constitución», la actuación de los 6 magistrados del TC del sector conservador. Dice: «El desparpajo de los seis magistrados del Tribunal Constitucional, que han conformado una mayoría pírrica, ha alcanzado límites insospechados. No se puede achacar a su desconocimiento jurídico, sino a su participación partidista en una tarea de desgaste político que, en una sociedad democrática, corresponde exclusivamente a la oposición. El procedimiento de introducir enmiendas en la tramitación de un proyecto de ley para conseguir modificar una ley orgánica, como la del Consejo del Poder Judicial, puede ser cuestionado desde el punto de vista de los Reglamentos de las Cámaras, pero, en ningún caso, permite al Tribunal Constitucional vulnerar la inviolabilidad de las Cortes Generales proclamada en el artículo 66.3 de nuestra Constitución. La transgresión jurídica de los seis magistrados de la mayoría llega hasta el límite de admitir un recurso de amparo de unos parlamentarios que dicen haber sentido vulnerados sus derechos a la participación política. Algo increíble por inexistente. En primer lugar, el recurso de amparo exige agotar previamente la vía judicial o administrativa como condición ineludible. El amparo directo no está previsto, por lo que la admisión resulta ilegal». Añade: «Un sector importante de la judicatura española, espero que no mayoritario, ha desarrollado un activismo político partidista preocupante, como se demuestra estadísticamente con el número desproporcionado de admisiones de denuncias y querellas contra políticos de izquierdas y la facilidad con la que se archivan comportamientos aparentemente corruptos del Partido Popular. Que cada uno saque sus propias conclusiones». 27-12-2022.
El TC acepta las medidas cautelarísimas solicitadas por el PP y frena la tramitación en el Senado de la reforma de la LOPJ y de la ley del TC. Ver más en la sección dedicada a la XIV Legislatura. 20-12-22.
El Partido Popular solicita al Tribunal Constitucional por vía de urgencia (medidas cautelarísimas, sin escuchar a la otra parte) que paralice el proceso legislativo de reforma de la LOPJ, que el Congreso tiene que votar este jueves 15 de diciembre y que afecta, entre otras materias, a la mayoría necesaria para que el CGPJ pueda elegir a los dos magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponden (la reduce de 3/5 a mayoría simple), una medida impulsada para salir del bloqueo al que el PP tiene sometida tanto la renovación del Consejo General del Poder Judicial como la del Tribunal Constitucional, el primero con el mandato caducado hace cuatro años. El TC se reúne en la misma mañana del 15 para analizar el recurso del PP, aunque U.P. ha planteado la recusación de dos magistrados. El informe de los letrados del TC, solicitado por su presidente, es contrario a la adopción de las medidas cautelares solicitadas en el recurso de amparo del Partido Popular, sin perjuicio de que entre posteriormente en el fondo del asunto. Enlace a la noticia.
El País permite acceder al texto del recurso del PP. En el mismo el PP dice que existe un «uso fraudulento de los trámites parlamentarios», por incluir la modificación de la LOPJ en una norma (reforma del Código Penal) que tiene otra finalidad ajena a la renovación de los órganos constitucionales (reforma de la sedición y la malversación). También se priva al TC de la facultad de examinar con carácter previo si los candidatos al TC designados por el gobierno cumplen los requisitos exigidos. Por parte del gobierno se achaca al TC no haber validado ya a dichos candidatos, obstaculizando la renovación del propio TC, ya que el CGPJ viene demorando la elección de sus otros dos candidatos.
Uno de los reproches que se vienen haciendo a los grupos socialista y de Unidas Podemos es que hayan incluido la reforma de la LO del Poder Judicial en la norma que reforma el Código Penal (delitos de sedición y malversación). Pero el recurso del PP contra el proceso legislativo en curso (recurso de amparo preventivo) enfrenta al Tribunal Constitucional con el Parlamento en el momento en que este desarrolla sus deliberaciones. Además se llevan a cabo maniobras en el Consejo General del Poder Judicial, por parte del sector conservador coordinado con el PP, para que los magistrados del TC que este órgano elija le sean propicios.
Ernesto Ekaizer comenta estas maniobras. Enlace. 14-12-22.
Esta batalla por el control del TC y del CGPJ, y la demora en su renovación, están provocando un gravísimo deterioro de las instituciones y de la independencia del poder judicial y del Tribunal Constitucional, cada vez más contaminados por las injerencias políticas. 14-12-22.
El GRECO, que depende del Consejo de Europa, vuelve a advertir a España de que es prioritaria la renovación del CGPJ, que lleva cuatro años bloqueada, y califica como muy preocupante e insatisfactoria la situación actual. 5-12-2022.
El gobierno nombra a los dos miembros del Tribunal Constitucional que le corresponden -el exministro de Justicia, Juan Carlos Campo, y la exdirectora general de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica del Ministerio de la Presidencia entre 2020 y 2022, Laura Díez-, con lo que ya solo falta que el Consejo General del Poder Judicial nombre otros dos para que se lleve a cabo la renovación del tercio del Tribunal Constitucional (cuatro magistrados) que está pendiente.
El nombramiento, una vez más, de cargos políticos para el Tribunal Constitucional, una práctica que también se sigue en otros países europeos como Francia, Italia, Alemania o Bélgica, ha vuelto a suscitar críticas porque daña la imagen de imparcialidad que debe dar este Tribunal y porque el exministro, una persona cualificada para el puesto, previsiblemente, tendrá que abstenerse en algunos asuntos en los que ha intervenido en su etapa como ministro o como diputado, como la ley de eutanasia, la reforma laboral o la ley Celáa. Ernesto Ekaizer comenta los nombramientos en este artículo. Por su parte, el sector conservador del CGPJ viene retrasando indebidamente desde hace más de dos meses y medio los nombramientos de magistrados del TC que le corresponden. 30-11-2022.
Parecía que esta vez era la definitiva para renovar el CGPJ pero, a última hora, Núñez Feijóo cede a las presiones que ha recibido del ala más a la derecha del partido y de los medios de comunicación más conservadores y da por rota la negociación cuando, según indica el gobierno, el acuerdo ya era completo a falta de su firma. La excusa esta vez ha sido la reforma del delito de sedición, que el gobierno pretende acometer para homologar las penas con las que existen en otros países europeos, un asunto que se ha cruzado inoportunamente en la última fase de la negociación para el Consejo del Poder Judicial. Los intereses de partido (impedir una mayoría progresista en el Consejo y en el TC, «controlar» la sala 2ª del Supremo) han primado sobre el cumplimiento de la Constitución, por mucho que Feijóo diga que pretende reforzar la independencia del poder judicial. Esta, una vez más, ha quedado malparada, y con ella la calidad de nuestra democracia. El daño a las instituciones es enorme. Feijóo ha perdido toda credibilidad y ha puesto en evidencia su falta de liderazgo al ceder a las presiones que ha recibido en los últimos días. El País cuenta cómo se rompió un acuerdo en el que ya estaban acordados hasta los vocales del nuevo Consejo General del Poder Judicial, además de otras condiciones planteadas por el PP. Lola García dice en La Vanguardia que «Al final, ha sucumbido a la presión de una derecha que ha abrazado la retórica nacionalista y maneras antisistema, que esgrime los pactos con el independentismo como argumento para deslegitimar al presidente». 28-10-2022.
Ernesto Ekaizer escribe sobre las consecuencias de la no renovación del CGPJ y sobre la torpeza de haber sacado a colación la reforma del delito de sedición. Está en juego la sustitución de 4 magistrados del Tribunal Constitucional cuyo mandato terminó en junio y la elección de su presidente. Dice que «Si el Gobierno nombra sus dos magistrados y el sector conservador del CGPJ mantiene, por orden de Feijóo, el bloqueo y, por tanto, no están los cuatro, la elección de nuevo presidente y vicepresidente (del TC) se pospondría, quién sabe hasta cuándo». Enlace a su artículo. 28-10-22.
Tras la visita del Comisario de Justicia de la Unión Europea, Didier Reynders, que apuntó que se renovara el Consejo con la ley actual y luego se negociara la modificación del sistema de elección, Carlos Lesmes dimite como presidente del CGPJ al no ver ningún avance. Sánchez y Núñez Feijóo se reúnen tras esta dimisión y ante la presión de la U.E. y sus partidos reanudan las negociaciones para poner fin a esta grave crisis institucional del órgano de gobierno de los jueces. Esta vez parece que va en serio, pero en la última semana de octubre tienen que resolver los puntos en que las posiciones están más alejadas. Feijóo acepta renovar con el sistema vigente y Sánchez acepta que posteriormente se aborden cambios en el sistema de elección, pero Feijóo pide garantías para que esos cambios sean efectivos y no una mera promesa. Los juristas que ocupan cargos políticos no podrán ser miembros del Consejo, lo que choca con la elección de Victoria Rosell, propuesta por Podemos. 21-10-2022.
Ver el estudio de Gisela Hernández sobre «La independencia del Consejo General del Poder Judicial en España. Una perspectiva comparada con los países del entorno y propuestas de mejora», publicado por Fundación Alternativas. 13-7-2021.
El presidente del CGPJ urge a Pedro Sánchez y Núñez Feijóo, en la apertura del año judicial y en presencia del Rey, a que se reúnan y lleguen a un acuerdo para renovar el Consejo, cuya situación es insostenible. En su intervención se ha referido al estropicio que está suponiendo para la Justicia la no renovación del CGPJ, que va a cumplir cuatro años con el mandato prorrogado. Si en las próximas semanas no se ha producido la renovación los miembros del Consejo podrían plantearse dimitir individualmente. El Consejo tiene que elegir a los dos miembros del TC que le corresponden, pero es posible que no lo haga en plazo. 7-9-2022. Enlace a la noticia.
En 12 días vencen los mandatos de cuatro magistrados del TC y el Gobierno no ha nombrado a ‘sus’ dos candidatos y el CGPJ no puede designar a ‘sus’ otros dos, comenta Ernesto Ekaizer en su artículo «12-J: Anatomía de un bloqueo constitucional». La falta de acuerdo sobre la renovación del Consejo General del Poder Judicial condiciona también la renovación del Tribunal Constitucional. Parecía que Feijóo estaba dispuesto a desbloquear este asunto, pero hasta ahora no hay noticias de que se vaya a hacer de inmediato. 31-5-2022.
El retraso en la renovación del CGPJ está provocando un atasco en la Justicia, al demorar la resolución de cientos de asuntos por no haberse cubierto las vacantes. El retraso incide también en la renovación del Tribunal Constitucional. Si se añaden las recusaciones de los magistrados recientemente nombrados a propuesta del PP, que ya se han empezado a plantear en esta institución, el TC también puede ver afectado su normal funcionamiento, cuando tiene que resolver asuntos de gran importancia como el aborto y la eutanasia. Enlace al comentario de elDiario.es, que explica que el Psoe espera que cambie de signo el TC con la renovación de estas instituciones. 9-12-2021.
La designación de Enrique Arnaldo para el Tribunal Constitucional ha suscitado una gran polvareda por su vinculación con el Partido Popular, que lo ha propuesto. Psoe y Unidas Podemos han apoyado su candidatura a su pesar para acabar con el bloqueo de la renovación de los órganos constitucionales. Arnaldo, según sus críticos, no cumple con las exigencias de imparcialidad que requiere el puesto de miembro del TC y podría ser recusado si llegan al Tribunal las causas en las que está implicado el PP, ya que ha celebrado contratos con Administraciones del PP y ha asesorado a este partido.
Vidal-Folch anima a recusar a Arnaldo en las causas que se vean en el TC y estén relacionadas con el PP, en su artículo «Je récuse». 21-11-21.
La imagen del TC no queda muy favorecida con este nombramiento, máxime después de las últimas resoluciones, cuestionadas por muchos. Queda por ver si este sapo que se han tragado los partidos de la coalición de gobierno sirve para desbloquear la renovación del Consejo General del Poder Judicial, pendiente desde hace tres años a causa de la candidatura del juez De Prada (juez de la sentencia de la trama Gürtel, en que se apoyó la moción de censura contra Rajoy), que el PP ha vetado hasta ahora. El representante de Podemos en la negociación ha dicho que «Plegarse a la exigencia de dejar a este (De Prada) fuera sería como decirle a los próximos jueces que se encuentren ante un escándalo político que tengan cuidado con sus sentencias porque eso puede acabar con sus carreras». El PP argumenta para su veto que De Prada no puede ser elegido en el cupo de juristas —uno de los que deciden los partidos— porque es un juez en activo.
La Constitución dice que los ocho miembros del Consejo elegidos por el Parlamento lo serán entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión. La ley Orgánica 4/2013, de reforma de la LOPJ, establece en su artículo 567 lo siguiente:
1. Los veinte Vocales del Consejo General del Poder Judicial serán designados por las Cortes Generales del modo establecido en la Constitución y en la presente Ley Orgánica.
2. Cada una de las Cámaras elegirá, por mayoría de tres quintos de sus miembros, a diez Vocales, cuatro entre juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio en su profesión y seis correspondientes al turno judicial, conforme a lo previsto en el Capítulo II del presente Título.
3. Podrán ser elegidos por el turno de juristas aquellos Jueces o Magistrados que no se encuentren en servicio activo en la carrera judicial y que cuenten con más de quince años de experiencia profesional, teniendo en cuenta para ello tanto la antigüedad en la carrera judicial como los años de experiencia en otras profesiones jurídicas. Quien, deseando presentar su candidatura para ser designado Vocal, ocupare cargo incompatible con aquél según la legislación vigente, se comprometerá a formalizar su renuncia al mencionado cargo si resultare elegido. 15-11-2021.
La vía para que De Prada fuera elegido sería que pidiera la excedencia por un día, antes de la elección, para encajar en la categoría de juristas que no son jueces en activo, y luego solicitar el reingreso en su destino, pasando a servicios especiales. Enrique López (PP) declaró que eso era «una clara ilegalidad. Filibusterismo político en estado puro», y no acepta lo que considera un fraude de ley.
Es falso que la U.E. exija que los jueces que integran el Consejo General del Poder Judicial sean elegidos directamente por los jueces, dice Juan F. López Aguilar en su artículo «El CGPJ ante la UE y la reputación de España». Se trata de meras recomendaciones de un Comité del Consejo de Europa, no de un mandato de la U.E. El comisario de Justicia de la UE, D. Reynders, sabe que la ley española ya asegura, hace años, la participación judicial en la formación del CGPJ y el Tribunal Constitucional ha avalado el actual sistema, dice. Lo primero es proceder ya a su elección y no seguir con el descrédito en Europa de nuestras instituciones, añade. 8-11-2021.
«Las siglas de los jueces» es un artículo que recoge cómo se distribuyen los jueces entre las distintas asociaciones judiciales, los jueces que no están asociados a ninguna asociación y cómo se distribuyen los nombramientos que hace el CGPJ entre los mismos. El trabajo refleja que una mayoría de jueces se agrupan en la asociación conservadora (APM) y la moderada (AJFV). Jueces para la Democracia (JPD) figura en tercer lugar. 12-10-21.
Tomás de la Quadra-Salcedo escribe «Poder judicial, independencia y soberanía», artículo en que defiende el modelo actual de elección del CGPJ (las Cortes eligen a los 12 miembros propuestos por los propios jueces), como el que más se ajusta a la definición constitucional de que la soberanía y todos los poderes emanan del pueblo, critica el modelo de elección de la mayoría del Consejo directamente por los propios jueces como contrario a la separación de poderes que preconizaba Montesquieu (buscaba evitar que los jueces se convirtieran en un estamento aparte) y dice que la Unión Europea no tiene competencias en esta materia para indicarnos el sistema de elección que debe aplicarse. 24-9-2021.
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Ver la reseña de la Mesa redonda del 5-11-2020 más abajo, en Información complementaria
El jueves, 5 de noviembre de 2020, a las 19,30 h., tuvo lugar la
Mesa Redonda
“LA RENOVACIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL”
en el Salón de Grados de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla
Intervinieron los siguientes Ponentes:
- Miguel Carmona Ruano, magistrado, expresidente de la Audiencia de Sevilla, vocal del Consejo General del Poder Judicial, juez de enlace en el Reino Unido.
- Víctor Nieto Matas, magistrado presidente de la Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Sevilla, profesor asociado de Historia del Derecho en la UPO, Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort.
- Abraham Barrero Ortega, Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla.
Abrió el acto el Decano de la Facultad de Derecho D. Alfonso Castro Sáenz
Presidió el acto D. Álvaro Sánchez Fernández, Presidente de ADD
Moderó D. Antonio Ojeda Avilés, Presidente del IERI
SALÓN DE GRADOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA
Campus Ramón y Cajal. C/ Enramadilla 18-20. Sevilla
CONTROL E IDENTIFICACIÓN EN LA ENTRADA A LA SALA Y USO OBLIGATORIO DE MASCARILLA
PARA CONECTAR TELEMÁTICAMENTE CON EL ACTO SOLICITA EL ENLACE AL CORREO DE ADD
Organiza: Asociación Derecho y Democracia
derechoydemocracia@gmail.com