La Junta de Fiscales de Sala apoya al Fiscal General en la querella contra Artur Mas

2014 11 18 Foto de Torres Dulce
Eduardo Torres-Dulce, Fiscal General del Estado

La Junta de Fiscales de Sala apoya la querella contra Artur Mas, su vicepresidenta y la consejera de educación, respaldando con ello la posición del Fiscal General del Estado (19-11-2014). Los delitos que persigue la querella son los de desobediencia, malversación, usurpación de funciones y prevaricación.

Los fiscales de Cataluña consideraron en su mayoría, con su Fiscal Superior a la cabeza, que no hay base jurídica suficiente para plantear una querella contra el Presidente, la Vicepresidenta y varios consellers de la Generalitat por su actuación en el 9N.  El asunto ya está en manos de los Tribunales por las querellas presentadas por algunos partidos políticos, mientras la fiscalía lleva diez días discutiendo si se presenta o no la querella y los delitos que se perseguirían con ella.  Ante esta situación el Fiscal General del Estado resolverá en los próximos días que se presente la querella y, tal y como establece el Estatuto del MF, reunirá el miércoles 19 de noviembre a la Junta de Fiscales de Sala para analizar el asunto y conocer el criterio de este órgano (18-11-2014).

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal regula cómo se resuelven las diferencias de criterio en el seno de la Fiscalía, discrepancias que son normales cuando se trata de cuestiones jurídicas relevantes como la que nos ocupa.  La Fiscalía funciona con base en el principio de jerarquía, pero los fiscales pueden manifestar sus discrepancias a sus superiores y éstos deben razonar sus decisiones finales.  Veamos lo que establece dicha norma:

Según el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, el Gobierno puede interesar del Fiscal General del Estado (FGE), a través del Ministerio de Justicia, que promueva ante los tribunales las actuaciones pertinentes en orden a la defensa del interés público. También puede dirigirse directamente al FGE el Presidente del Gobierno.  El FGE, oída la Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, resolverá sobre la viabilidad o procedencia de las actuaciones interesadas y expondrá su resolución al Gobierno de forma razonada.

La Junta de Fiscales de Sala asiste al FGE en materia doctrinal y técnica, en orden a la formación de los criterios unitarios de interpretación y actuación legal, la resolución de consultas, elaboración de las memorias y circulares, preparación de proyectos e informes que deban ser elevados al Gobierno y cualesquiera otras de naturaleza análoga que el FGE estime procedente someter a su conocimiento y estudio, así como en los supuestos previstos en el propio Estatuto del Ministerio Fiscal.

El Fiscal que recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes, o que, por cualquier otro motivo, estime improcedente, se lo hará saber así mediante informe razonado a su Fiscal Jefe. Si la orden o instrucción procede de éste y no considera satisfactorias las razones alegadas, planteará la cuestión a la Junta de fiscalía y, una vez que ésta se manifieste, resolverá definitivamente reconsiderando o ratificando la orden o instrucción. Si procede de un superior, elevará informe a éste, el cual de no admitir las razones alegadas resolverá de igual manera oyendo previamente a la Junta de Fiscalía. Si la orden procede del FGE éste resolverá oyendo a la Junta de Fiscales de Sala.  Si el superior se ratifica en sus instrucciones lo hará mediante escrito razonado.

El anterior Fiscal Superior de Cataluña fue cesado por manifestarse a favor del derecho a decidir. Estas discrepancias son un reflejo de las que existen en la sociedad que, como se constata, están influyendo en el debate jurídico-penal existente sobre si la actuación de la Generalitat el 9N es constitutiva de delito de prevaricación y desobediencia al Tribunal Constitucional.

 

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