Tribunales: El Fiscal General del Estado y la Fiscal Delgado. Mónica Oltra. El juez García Castellón. Aborto, conflictividad en los Juzgados, sedición, eutanasia, Ley Celáa.

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El Tribunal Supremo anula el nombramiento de Dolores Delgado como Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática e insta a que el Consejo Fiscal se pronuncie sobre si existe conflicto de interés porque Baltasar Garzón, su pareja, se dedica profesionalmente a estos temas. 7-5-2024. Enlace.

Sigue el enfrentamiento en el seno de la Fiscalía entre el sector conservador (mayoritario en el Consejo Fiscal) y el progresista, entre el Supremo y el Fiscal General del Estado, cuestionado por el TS por desviación de poder por el nombramiento de Dolores Delgado, en el que buscó beneficiar a su antecesora.. Y ahora entre el Senado (con mayoría del PP) y el Fiscal General del Estado, reprobado por esa Cámara. Se ha cuestionado la idoneidad del actual FGE por parte del CGPJ, el nombramiento de Dolores Delgado, su intervención en el caso de la pareja de Ayuso, en el caso Koldo, en el caso Puigdemont, el caso de Otegui y su negativa a informar sobre la ley de amnistía «por no ser de su competencia». Este enfrentamiento ideológico-político supone trasladar al ámbito de la Justicia, una vez más (sigue sin renovarse el CGPJ) la batalla política descarnada por el poder que se libra en el país entre gobierno y oposición, algo penoso porque está contaminando instituciones que tienen que regirse por criterios de independencia, autonomía y respeto a la ley, pero que algunos partidos están empeñados en controlar, empañando injustamente la imagen de la Justicia en su conjunto. En el siguiente enlace puedes ver una crónica de las críticas que se vienen haciendo al FGE, firmada por Cristina Gallardo (El Periódico). Los medios de comunicación participan activamente en esta batalla (ver este otro enlace), unos defienden al FGE y otros lo atacan. En algunos casos lo hacen ofreciendo una información sesgada como en el caso de la pareja de Ayuso. Ahora el FGE ha recusado a cuatro magistrados del Supremo que tienen que resolver el recurso presentado por una asociación judicial (Asociación Independiente de Fiscales, APIF) contra la renovación de García Ortiz como fiscal general por parte del Gobierno. 9-5-24.

Desde ADD llamamos a los partidos mayoritarios a tener más sentido de Estado y mantener a la Justicia fuera de la batalla política. Insistimos una vez más en la urgencia de renovar ya el Consejo General del Poder Judicial. Y pedimos a todos los que ocupan altos cargos en las instituciones de la Magistratura y la Fiscalía que observen un comportamiento acorde con los criterios de imparcialidad y observancia de la ley. 9-5-2024.

El Tribunal Constitucional ha ratificado el martes 7-5-2024 su doctrina contraria a abrir investigaciones sobre crímenes del franquismo, apoyándose en la ley de amnistía de 1977. Enlace. La ley de amnistía de 1977, según el Constitucional, cerró la posibilidad a reabrir esas causas, y, además, los delitos están prescritos.

Archivada provisionalmente la causa contra Mónica Oltra (exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana, de Compromís, que tuvo que dimitir de su cargo), al no haber ningún indicio de que encubriera desde su departamento los abusos de su exmarido a una menor tutelada. Leer más. 4-4-2024.

Puigdemont no repetirá en las elecciones europeas de 2024, pero su caso sigue su curso en el TJUE. El abogado general del Tribunal de Justicia de la U.E. le ha dado este jueves la razón al considerar que fue un error que se le impidiera acceder a su escaño en julio de 2019 y propone que se anule la decisión del entonces presidente de la Eurocámara Antonio Tajani de negarle a él y a Toni Comín el acceso a las instancias legislativas europeas, decisión que los afectados recurrieron y está pendiente de resolución por el Tribunal. Con su decisión, Tajani “puso en cuestión los resultados electorales oficialmente proclamados” por la Junta Electoral Central el 13 de junio de 2019, razona el abogado del TJUE Maciej Szpunar, cuya opinión no es vinculante, pero suele dar indicios de hacia dónde apuntará el tribunal europeo cuando se pronuncie al respecto. De este modo, agrega Szpunar, Tajani “dio efectos a la suspensión de las prerrogativas de los señores Puigdemont y [Toni] Comín emanantes de su condición de miembros del Parlamento Europeo, en violación del Derecho de la Unión”. Según subraya, “ningún precepto de este Derecho autoriza a un Estado miembro a suspender las prerrogativas de los miembros del Parlamento Europeo” (En este caso la Junta Electoral Central comunicó al parlamento europeo que no habían acudido al Congreso a recoger sus credenciales y, por tanto, no habían adquirido la condición de eurodiputados). El dictamen del abogado del TJUE contradice la decisión en primera instancia del Tribunal General de la UE (TGUE) de julio de 2022, que declaró inadmisible el recurso de Puigdemont y Comín a la decisión de Tajani al considerar que el entonces presidente de la Eurocámara se había limitado a tomar nota de la situación jurídica de los dos políticos comunicada por el Estado español. 11-4-2024.

El CGPJ no avala el nombramiento del Fiscal General del Estado. Por 8 votos frente a 7, considera no idóneo, por primera vez en democracia, al Fiscal General del Estado (pese a que cumple los requisitos formales exigidos por la ley), en el informe emitido para su renovación en el cargo, en el que ha valorado, además, la idoneidad. En este informe, preceptivo pero no vinculante para el gobierno, ha pesado la reciente sentencia del Supremo que ha anulado el ascenso de Dolores Delgado propuesto por el Fiscal General por haber incurrido este en desviación de poder. Bolaños ha manifestado que las únicas funciones del CGPJ en este caso son reconocer que García Ortiz es un jurista de reconocido prestigio y que lleva más de 15 años de ejercicio como jurista. “Y no hay más”, ha dicho. 30-11-23. Enlace a la noticia.

Por otro lado, el Supremo ha anulado el nombramiento de Magdalena Valerio, exministra de Trabajo, como presidenta del Consejo de Estado, por considerar que no cumple el requisito de ser una jurista de reconocido prestigio, aunque sí cumple el requisito de tener experiencia en asuntos de Estado. Enlace.

El Supremo anula el ascenso de Dolores Delgado en 2022 a fiscal togada militar, que suponía al tiempo su ascenso a fiscal de Sala (de lo Militar del Supremo), decidido por el Consejo de Ministros a propuesta del actual Fiscal general, Álvaro García Ortiz, porque considera que el Fiscal General del Estado incurrió en desviación de poder al proponerla sin ser la que tenía más méritos y con el único objetivo de ascenderla a la máxima categoría de la fiscalía por el hecho de haber sido anteriormente Fiscal General del Estado, algo que no establece el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Anulado ese ascenso, la Fiscalía tiene ahora que ver si eso afecta a su actual destino (Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática), también recurrido por otros aspirantes. Al anular el primer real decreto, señalan las fuentes judiciales consultadas, Delgado ya no cuenta con la categoría de fiscal de sala, por lo que no podrá ocupar el cargo que ahora ostenta. La Fiscalía interpreta lo contrario. El requisito exigido para ser fiscal de Memoria Democrática es ser fiscal de sala del Tribunal Supremo, condición que ha perdido Delgado. Álvaro García Ortiz fue nombrado en julio de 2022 por el Gobierno de Pedro Sánchez a propuesta de Dolores Delgado, que renunció por razones de salud. «Ella misma, en calidad de ministra de Justicia había propuesto la creación de la fiscalía de Derechos Humanos y Memoria Democrática en el Supremo en la ley de Memoria Histórica cuyo impulso dio desde el Gobierno», dice Ekaizer. Enlace a la noticia. Enlace al comentario de Ernesto Ekaízer. El Gobierno confirma en su cargo al Fiscal General del Estado pese a la resolución del Supremo sobre Dolores Delgado. 22-11-2023.

El presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Alfonso Guevara, ha abierto un expediente gubernativo en el que acuerda requerir al juez Manuel García-Castellón el escrito de recusación presentado por uno de los investigados en la causa de Tsunami Democràtic, Oleguer Serra, que el instructor inadmitió por providencia el pasado 15 de noviembre, siendo la Sala de lo Penal la competente para resolver los incidentes de abstención y recusación de los magistrados-jueces centrales de instrucción de la Audiencia Nacional. La recusación se basa en las manifestaciones que realizó el magistrado en contra de la amnistía por el ‘procés’, que calificó de inconstitucional en una conferencia, por lo que el magistrado podría tener, según la defensa del investigado, un «interés directo o indirecto en la causa» que investiga por un delito de terrorismo. 22-11-23.

García Castellón ha pedido amparo al CGPJ por las manifestaciones que algunos dirigentes políticos han hecho contra el magistrado por la imputación de Puigdemont y Rovira en el asunto de Tsunami Democràtic, en el que investiga por supuestos delitos de terrorismo. García Castellón considera que Puigdemont y Rovira estaban en el vértice de esta organización. La imputación ha coincidido en el tiempo con las negociaciones Psoe-Puigdemont para la investidura de Sánchez. Enlace.

Siete de los 12 fiscales del Consejo Fiscal se niegan a participar en la votación previa a la designación y las Asociaciones a las que pertenecen se dirigen al gobierno para que no nombre a Dolores Delgado como nueva fiscal de sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática, por incompatibilidad con la dedicación de su pareja, Baltasar Garzón, que dirige Figbar, una fundación dedicada a proteger los derechos humanos.. 12-6-23.

El Tribunal Constitucional avala la ley de plazos del aborto de 2010, que reconoce el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo en las primeras 14 semanas de gestación sin necesidad de cumplir ningún requisito. La sentencia ha contado con 7 votos a favor (la mayoría progresista constituida en enero de 2023) frente a 4 en contra (el grupo conservador). Es la sentencia que más se ha demorado en la historia del Tribunal (han transcurrido 13 años desde que la ley fue recurrida por el PP). 9-5-2023.

Después de la huelga de tres meses de los letrados de la Administración de Justicia (antes secretarios judiciales), que tuvo paralizados decenas de miles de procedimientos y que terminó con un incremento retributivo (un aumento de hasta 450 euros en su nómina mensual de forma progresiva en los próximos años), ahora son los funcionarios (auxiliares y gestores) y los jueces y fiscales los que harán paros en mayo. Falta de medios humanos y materiales, sobrecarga de trabajo, asignaciones de tareas que no tocan, programas informáticos deficientes, abandono de los gobernantes, pérdida de poder adquisitivo de los sueldos, mala organización, dilación de los procedimientos… describen un panorama crítico de la Justicia en el que los principales perjudicados son los ciudadanos que ven cómo se retrasan los procedimientos que les afectan, y los empleados públicos cansados de una situación de años que no se ha abordado a fondo y que provoca ansiedad a muchos de ellos, desbordados por la falta de medios. «La sobrecarga de trabajo alcanza de modo habitual el 240-260% en muchos juzgados”. La ratio en España es de 11,5 jueces por 100.000 habitantes. En Europa, 21 jueces. También se quejan los abogados del turno de oficio de sus insuficientes retribuciones. Leer más. 30-4-2023.

El Tribunal Constitucional desestima el recurso de Vox contra la Ley Celáa de Educación, que deja sin financiación pública a los colegios que segregan por sexo. Se encarga una nueva ponencia para la redacción de la sentencia. También ha desestimado el recurso de Vox contra la ley de Eutanasia. 23-3-23.

El Tribunal Constitucional avala la ley de plazos del aborto en su totalidad y rechaza el recurso que el PP presentó en 2011. La sentencia se publicará en las próximas semanas. Leer más. 9-2-2023.

El Supremo anula el cese del coronel de la Guardia Civil, Pérez de los Cobos, destituido como jefe de la Comandancia de Madrid en 2020 por el ministro Marlaska por pérdida de confianza, a raíz de varios informes de la Guardia Civil que acusaban al 8M de propagar el coronavirus, de los que no informó a sus superiores cumpliendo el mandato judicialLeer más. 28-3-23.

Feijóo acepta ahora la ley de plazos, que considera constitucional, pero no retiró antes el recurso del PP (los firmantes del recurso no estuvieron de acuerdo con su retirada). Con ello se acerca a la mayoría social que apoya el aborto e intenta exhibir un perfil más moderado, aunque incurre en contradicciones sobre si el aborto es o no un derecho. El sector más conservador del PP y asociaciones ‘provida’ critican el cambio de postura del PP. 10-2-23.

El Tribunal Constitucional anulará el cese de Alberto Rodríguez como diputado de Unidas Podemos por falta de motivación de dicha decisión, informa Ernesto Ekaizer. 13-6-22.

El Tribunal Constitucional desestima por unanimidad las recusaciones planteadas por los independentistas condenados por el procés, que han recurrido en amparo al TC contra la sentencia del Supremo que los condenó. Las recusaciones habrían afectado al quórum necesario (8 magistrados) para dictar sentencia en las causas del procés, si hubieran sido estimadas, bloqueando el funcionamiento del tribunal. Se han dirigido contra los nuevos magistrados nombrados a propuesta del PP, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, por sus vinculaciones y afinidades con este partido, y también contra el presidente del Tribunal. Anteriormente se habían abstenido Narváez y Conde-Pumpido. Ya dijimos en su día que proponer magistrados que pueden ser recusados con facilidad alegando que no reúnen el requisito de apariencia de imparcialidad era una actitud poco prudente, que no beneficia a la imagen y crédito del TC. Además podría facilitar la anulación de las resoluciones del TC cuando lleguen al Tribunal europeo. El TC ha cambiado su criterio en esta ocasión: concluye que ningún juez puede ser descalificado por sus ideas y sostiene que “no resultaría constitucionalmente posible remover a los magistrados recusados, aun cuando fuesen ciertas las actitudes que se les atribuyen”. En el caso de Arnaldo, tales “actitudes” consistieron en pedir que “caiga todo el peso de la ley” sobre los dirigentes independentistas, al tiempo que en suscribir el manifiesto titulado ‘Parar el golpe’, en el que afirmaba que el Ejecutivo catalán no había dudado en “traspasar todos los límites de la legalidad y la decencia” para poner en riesgo “la convivencia y la paz civil”. El auto del Constitucional concluye que “una afinidad ideológica no es en ningún caso factor que mengüe la imparcialidad para juzgar” y que “no constituye por sí sola causa de recusación”. Aquí no se trata solo de afinidad ideológica sino de haber emitido juicios previos sobre los hechos y las personas que van a enjuiciar. Accede al texto del Auto haciendo clic aquí. 15-12-2021.

El Tribunal Supremo inadmite los recursos de PP y Vox contra el nombramiento de la Fiscal General del Estado, por no estar legitimados para impugnarlo. Estos partidos dicen que, habiendo juicios en que son parte, las decisiones de la Fiscalía les pueden perjudicar, por lo que tienen interés legítimo en el tema. 19-10-21.

El Tribunal Constitucional después de su renovación tendrá que abordar asuntos de importancia: estado de alarma, eutanasia, ley Celaá, recursos de dirigentes del procés y otros. Lo comenta Brunet en este artículo. 15-10-21.

Xosé Hermida escribe «El incierto caso del diputado condenado», que se refiere a la condena del diputado de Unidas Podemos. 17-10-21.

Alberto Rodríguez, diputado de Podemos, condenado por el Tribunal Supremo a un mes y quince días de prisión (sustituible por multa) e inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo durante ese tiempo, por lo que posiblemente tendrá que dejar el escaño, algo que tiene que ver la Junta Electoral. Estaba acusado de haber propinado una patada a un policía durante una manifestación en protesta contra la LOMCE (la ley Wert). La sentencia tiene dos votos discrepantes que consideran que el testimonio únicamente del policía agredido no es prueba suficiente para condenarlo. El tribunal ha creído el testimonio del policía por su consistencia a lo largo del tiempo. 12-10-21.

El Tribunal Supremo inadmite una querella contra Pedro Sánchez y dice que la decisión de conceder los indultos no es perseguible por la vía penal, ya que es una competencia del Ejecutivo, sino por la contencioso-administrativa. 23-9-2021.

Los Fiscales dicen que con los medios humanos actuales no se puede asumir la reforma del proceso penal (llevarán la instrucción de las causas) y piden un incremento de las plantillas. El Ministerio de Justicia dice que se verá cuando queden concretadas sus atribuciones. 9-7-21.

La Fiscalía se querella contra Roger Torrent y otros tres miembros de la Mesa por desobedecer al Constitucional y reprobar la Monarquía y apoyar la autodeterminación en el parlament. 2-3-21.

«Villarejo tenía un paraguas al que agarrarse». Un reportaje de La Vanguardia (28-2-21) revela cómo el excomisario Villarejo realizaba trabajos sucios (como la operación Kitchen o el caso Tándem) protegido por personas de la cúpula policial y del Ministerio del Interior de Jorge Fernández Díaz. El modus operandi, dice el reportaje, era similar al de las organizaciones mafiosas según se deduce de las agendas, audios e informes incautados a Villarejo y de otros testimonios. Villarejo contaba también con el apoyo de algunos periodistas dispuestos a atacar desde los medios a los rivales de Villarejo para desacreditarlos. El reportaje cuenta el caso de la dermatóloga Elisa Pinto, víctima de acoso y agresiones. Eugenio Pino, García Castaño y Fuentes Gago son algunos de los miembros de la cúpula de Interior que frenaban investigaciones policiales o relegaban a los policías que hacían su trabajo, según el reportaje. 28-2-21.

El Supremo no ve delito en el Caso Dina, que afecta a Pablo Iglesias, y devuelve la causa a la Audiencia para que lleve a cabo más diligencias, como la declaración de la propia Dina, que el instructor no llevó a cabo. 28-1-2021.

El Tribunal Constitucional avala en una Sentencia las devoluciones en caliente de migrantes que saltan la valla o traspasan la frontera irregularmente, así como casi la totalidad de la Ley de Seguridad Ciudadana. Su decisión sobre las devoluciones se apoya en una Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de febrero pasado que sostuvo el mismo criterio y que comentamos en su día en esta Web.  Fernando Valdés, magistrado recientemente dimitido, quiso restringir estas devoluciones a los asaltos masivos y con violencia, pero la mayoría del Tribunal no ha acogido esas restricciones. Los socios del gobierno de coalición han mantenido discrepancias en este asunto. Estas devoluciones se vienen haciendo desde finales de los noventa. La Comisión Europea ha presentado en septiembre su propuesta de Nuevo pacto sobre Migración y Asilo. 16-11-2020.

La sentencia avala que “los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta y Melilla mientras intentan superar los elementos de contención para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados para impedir su entrada ilegal en España”, pero siempre que se den tres requisitos: aplicación a las entradas individualizadas, pleno control judicial y cumplimiento de las obligaciones internacionales. Estas acotaciones dejan fuera las expulsiones en grupo y en la medida en que obliga a un tratamiento individualizado bajo control judicial, cabe interpretar que exige identificar a los inmigrantes y garantizar que podrán tener derecho a una tutela judicial efectiva, cosa que no ocurre en muchas de las expulsiones sumarias (El País, 21-11-20).

EL SUPREMO ORDENA LA REPETICIÓN DEL JUICIO seguido a Otegui y otros 4 dirigentes (caso Bateragune) por intentar reconstruir la ilegalizada Herri Batasuna (brazo político de ETA), en la última etapa de la organización terrorista. El juicio, en el que Otegui fue condenado por la Audiencia Nacional, luego las penas las rebajó el Supremo y luego fueron anuladas por el propio Supremo por falta de imparcialidad de una jueza del tribunal, tras la intervención del TEDH. La jueza preguntó en un juicio anterior a Otegui si condenaba a ETA, Otegui dijo que no iba a contestar esa pregunta y la jueza manifestó que ya sabía que no iba a contestar. Por esa condena Otegui cumplió 6 años y medio de cárcel. 15-12-20.

La repetición del juicio a Otegui ha causado polémica porque se va a repetir un juicio ya juzgado sin que lo solicite el enjuiciado, pues lo ha solicitado el Fiscal. El Supremo considera que con la anulación es como si el juicio no se hubiera celebrado y que el Convenio de Derechos Humanos permite la repetición si se produce un vicio esencial en el procedimiento que puede afectar a la sentencia dictada. La fiscalía de la Audiencia Nacional y la propia Audiencia se han opuesto a la repetición de la vista oral, pero la Fiscalía del Supremo dice que un defecto procesal no puede convertirse en una exención penal. Luis Azpeolea escribe en El País el artículo «La autocrítica por el pasado», en el que dice: «En 2006, tras el atentado etarra en Barajas que rompió aquella tregua, (Otegui) protagonizó un debate en la izquierda abertzale a favor de las vías políticas y de rechazo del terrorismo. La reorganización de Batasuna tenía ese objetivo y lo logró en 2011 con la creación de Sortu, un partido que en sus estatutos condena la violencia, y con el cese definitivo del terrorismo de una ETA muy debilitada. Otegi tiene un déficit grave: la autocrítica pendiente por su pasado etarra. Pero los hechos desmienten que reorganizara Batasuna en 2011 para relanzar ETA. Empecinarse en desatender los hechos es victimizar a Otegi.» (15-12-20).

García Juliá, uno de los ultraderechistas autores de la matanza de Atocha de enero de 1977 (abogados laboralistas) sale de prisión al obtener de la Audiencia Provincial de Ciudad Real una liquidación de condena que le exime de cumplir los 10 años que le quedan. 19-11-20.

El Supremo pide autorización al Congreso para investigar al Secretario de Organización de Unidad Podemos y parlamentario, Alberto Rodríguez, por agresión a un policía durante una movilización en 2014. 

El Ministerio de Justicia impulsa un anteproyecto de modificación de la ley de Enjuiciamiento Criminal para que los fiscales se hagan cargo de la instrucción de las causas penales dirigiendo e impulsando la investigación penal. El juez pasaría a ejercer una función de garantía imparcial de los derechos y pretensiones de las partes. La objeción a este cambio es que la fiscalía no es plenamente independiente del gobierno (este nombra al Fiscal General del Estado y los fiscales están sujetos a un principio de jerarquía), como sí lo son los jueces, por lo que habría que reforzar su independencia. Para ello se restringe la intervención jerárquica de los órganos directivos de la fiscalía a supuestos excepcionales en que haya discrepancia en los equipos de fiscales que llevarán a cabo la investigación. Partidos y sindicatos no podrán ejercer la acción popular en casos de corrupción política. El cambio sería efectivo a los 3 años de la aprobación de la reforma. Gobiernos anteriores también se plantearon esta reforma, pero no la llevaron a cabo. 19-11-20.

El Supremo mantiene con pocos cambios las condenas de la Audiencia Nacional en el primer juicio del caso Gürtel (la trama de corrupción en la adjudicación de obras públicas de Correa, Bárcenas y otros cargos del PP) y dice que el PP se benefició a título lucrativo de la actuación de esa trama, por lo que debe devolver el dinero del que se benefició; añade que no se juzgaba en esta causa la financiación ilegal o la caja B del PP, ya que fue traído a ella como partícipe a título lucrativo y no como responsable penal. El PP dice que la moción de censura de Sánchez se basó en una falsedad. Los partidos de la moción de censura dicen que el Supremo ha confirmado la corrupción del PP. Más información en el enlace en azul. 14-10-2020.

El juez García Castellón pide al Supremo que investigue a Pablo Iglesias (vicepresidente 2º del gobierno, aforado) por, supuestamente, haber accedido a datos y fotos de carácter personal de la tarjeta del móvil de su exasesora (Dina), que retuvo durante meses, habérsela devuelto más tarde dañada y haber simulado un delito en relación con el robo del móvil y posterior publicación de datos del móvil en un diario digital, para utilizarlo con fines electorales. El móvil fue robado en noviembre de 2015 (supuestamente por alguien del entorno de Dina por despecho), se entregaron datos a Okdiario, que los publicó, y luego la tarjeta la entregó el presidente del Grupo Zeta a Iglesias, que la mantuvo en su poder. El juez traslada su sospecha de que Iglesias se quedó la tarjeta porque comprobó que había capturas de pantalla de grupos de mensajería donde aparecía él (comentarios sobre Mariló Montero). Al parecer Interviú compró la tarjeta del móvil a Okdiario con la intención de publicar las imágenes de Dina, lo que finalmente no hizo, pero entregó los datos a Villarejo, según declaró éste al juez. Descubrimiento y revelación de secretos, daños informáticos y acusación o denuncia falsos/simulación de delito, son los cargos. El primero requiere de la denuncia de la persona agraviada, que no se ha producido. La exposición razonada incluye a otros miembros de Podemos (letrados), y entre ellos la propia Dina. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional resolvió recientemente devolver a Iglesias la condición de perjudicado en esa causa, condición que el juez García Castellón le había retirado, y resulta que Dina no ha denunciado a Iglesias por haber visto el contenido de la tarjeta. Según el juez, Iglesias y los letrados de Podemos presentaron la desaparición del teléfono de Dina como una operación para perjudicar a Podemos: “un encargo realizado por el Gobierno del PP al excomisario Villarejo, para publicar en el digital OK Diario, en el contexto de una campaña para perjudicar a Iglesias, y por ende a Podemos”. El juez admite que no hay una prueba directa de que Iglesias dañara la tarjeta. 7-10-2020.

El Tribunal Supremo falla que los repartidores (riders), repartidoresconductores de motocicletas o bicicletas, son asalariados, no autónomos. Estos trabajadores que trabajan para plataformas digitales como Glove y Deliveroo han venido siendo considerados como autónomos por las empresas (en realidad son falsos autónomos), pero el TS dice que existe una relación laboral pues la empresa es titular de los activos que son esenciales para realizar la actividad, tales como la propia aplicación, además de llevar a cabo una geolocalización permanente y una evaluación continua de la actividad del trabajador. El Ministerio de Trabajo se plantea hacer una propuesta de regulación de estas actividades a los agentes sociales y económicos. Los sindicatos consideran que esta sentencia es muy importante, pues dota de la protección de la legislación laboral a estos trabajadores. 24-9-2020.

El Consejo General del Poder Judicial aprecia anormal funcionamiento de la administración de Justicia por las dilaciones indebidas de la jueza Alaya en la instrucción del caso de la venta de los terrenos de Mercasevilla (se acusó de amañar el concurso para favorecer a la empresa que obtuvo la adjudicación), en el que todos los imputados resultaron finalmente absueltos. La jueza  no realizó ninguna actuación durante muchos meses en este caso, a la vez que instruía el caso de los ERE. Rodrigo Torrijos, imputado por la jueza y luego absuelto, dice que reclamará que la jueza abone la posible indemnización que obtenga de la administración. 18-6-2020.

El Tribunal Constitucional debate el recurso contra la Ley de Seguridad Ciudadana y busca un consenso entre las distintas posiciones que hay en su seno sobre las «devoluciones en caliente» en las fronteras de Ceuta y Melilla, y sobre las manifestaciones ante el Congreso. 19-6-20.

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